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Adoptados por el Xº Congreso, Vancouver,
Canadá, 1978 y con las modificaciones aprobadas durante
el XIIIº Congreso, Lima, Perú, 1986, durante el
XVIº Congreso, Naciones Unidas, Nueva York, 1996, durante
el XVIIIº Congreso, São Paulo, Brasil, 2003 y
durante el XIXº Congreso, Atenas, Grecia, 2008
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La Internacional Socialista de Mujeres es una
organización fraterna de la Internacional Socialista
y representa a los grupos u organizaciones femeninas o representantes
de las mujeres de los partidos que forman parte de los partidos
que adhieren al Estatuto de la Internacional Socialista o
están reconocidos por ellos.
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FINES
El propósito de la Internacional Socialista de Mujeres
es:
- a) fortalecer las relaciones entre los miembros de la Internacional
Socialista de Mujeres;
- b) intercambiar experiencias entre sus miembros con respecto
a las maneras y los medios de promover entre las mujeres de sus
respectivos países, el conocimiento y la comprensión
de los objetivos y las actividades del socialismo democrático;
- c) tratar de ampliar las relaciones entre los miembros de
la Internacional Socialista de Mujeres y otros grupos femeninos
de orientación socialista, que no fueran miembros y que
desearan la cooperación;
- d) promover programas de acción para superar toda
discriminación en la sociedad, incluso toda desigualdad
entre hombres y mujeres, y trabajar por los derechos humanos
en general, el desarrollo y la paz.
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Organos de la Internacional
Socialista de Mujeres
Para servir sus propósitos, la Internacional Socialista
de Mujeres tendrá los siguientes órganos:
El
Congreso
El Congreso es el órgano superior de la Internacional
Socialista de Mujeres; por mayoría de dos tercios de todos
los miembros con derecho a voto, establece el Estatuto y los
programas de la Internacional Socialista de Mujeres.
El Congreso elige su Presidenta, Vicepresidentas y Secretaria
General, de acuerdo con la recomendación del Buró.
El Congreso será convocado en conjunción con
el Congreso de la Internacional Socialista, cada tres años.
El orden del día será preparado por el Buró.
El Congreso recibirá asimismo un informe de las actividades
realizadas desde el último Congreso.
El Congreso estará formado por todos los miembros de
la Internacional Socialista. Las delegaciones estarán
integradas por tres personas como máximo, pero podrán
asistir otros(as) delegados(as) en carácter de observadores(as).
Cada delegación con derecho a voto tendrá un solo
voto, en las condiciones que establecen las disposiciones del
Estatuto de la Internacional Socialista para los respectivos
partidos.
También estarán representadas y tendrán
derecho a voz y voto, con un solo voto cada una, la Internacional
Socialista, la Unión Internacional de Juventudes Socialistas
y el Movimiento Internacional de Halcones/Internacional Socialista
de Educación, organizaciones fraternas de la Internacional
Socialista de Mujeres. Otras organizaciones asociadas serán
invitadas a hacer uso de la palabra, pero no a votar.
El
Buró
El Buró estará integrado por todos los miembros
de la Internacional Socialista de Mujeres según la Cláusula
(1.) así como por un(a) representante de la Internacional
Socialista y un(a) representante de la Unión Internacional
de Juventudes Socialistas y del Movimiento Internacional de Halcones/Internacional
Socialista de Educación.
Las funciones del Buró serán:
- tomar la dirección en el período entre Congresos;
- preparar el orden del día para el Congreso y disponer
la preparación de los informes y documentos necesarios;
- tomar las medidas apropiadas que surjan de las resoluciones
del Congreso;
- convocar conferencias especiales, seminarios, conferencias
regionales, así como nombrar, si fuera necesario, comisiones
ad hoc sobre cuestiones especiales y determinar sus atribuciones.
Además, el Buró puede nombrar organizadores(as)
regionales después de consultar con la Internacional Socialista;
- el Buró debe reunirse por lo menos dos veces al año.
El
Comité Ejecutivo
El Comité Ejecutivo estará integrado por la
Presidenta, Vicepresidentas y Secretaria General de la Internacional
Socialista de Mujeres. Su función es tomar las decisiones
que corresponda durante el período comprendido entre las
reuniones del Buró.
El Comité Ejecutivo se reunirá cuatro veces
al año como mínimo.
El
Secretariado
El Secretariado funcionará en la sede de la Internacional
Socialista.
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La Elección de Oficiales
de la Internacional Socialista de Mujeres
- a) Disposiciones generales: Las candidaturas para
los cargos de Presidenta, de Secretaria General y de Vicepresidenta
de la Internacional Socialista de Mujeres deben ser presentadas
al Secretariado de la Internacional Socialista de Mujeres
acompañadas de una carta en la cual el partido y
organización a que pertenezca la candidata exprese
su aprobación, a objeto de que el Secretariado ponga
en circulación los nombres de las candidatas entre
las miembros de la Internacional Socialista de Mujeres,
para consultación y comentario. Tales candidaturas
deberán ser presentadas por lo menos 90 días
antes del Congreso de la Internacional Socialista de Mujeres
y candidatas adicionales pueden ser presentadas antes de
haber transcurrido 30 días de realizada la primera
ronda de divulgación de nombres de candidatas entre
todas las organizaciones miembros. A fin de cubrir los diversos
cargos directivos, las miembros de la Internacional Socialista
de Mujeres pueden proponer como candidata a alguien que
no pertenezca a su partido u organización. Los partidos
y las organizaciones que propongan a la candidata deberán
ayudarla para que, como queda establicido en el párrafo
previo, ella obtenga la aprobación de su propio partido
y de su propia organización.
- b) Elección de Presidenta: Para
tener derecho a postular su candidatura a Presidenta de
la Internacional Socialista de Mujeres, la candidata deberá
haber desempeñado, por lo menos por un período,
en el cargo de miembro del Ejecutivo de la Internacional
Socialista de Mujeres; o haber desempeñado, por lo
menos por un período determinado por el lapso que
media entre un Congreso y otro, como representante de su
partido u organización ante la Internacional Socialista
de Mujeres. En el caso de no cumplirse las condiciones mencionadas,
la mayoría necesaria para ser elegida será
del 60% de los votos. Si hay candidatas en las dos categorías,
la candidata que no cumpla las condiciones de servicio anterior
en la Internacional Socialista de Mujeres debe recibir 60%
de los votos emitidos por aquéllas que se encuentren
presentes y que voten en la primera votación. Si
no obtuviere el 60%, la/s candidata/s restante/s disputará/n
la elección en la manera descrita más abajo.
Si hubiere una o dos candidatas a la presidencia de la Internacional
Socialista de Mujeres, resultará elegida aquella
candidata que obtuviere la mayoría (esto es, el 50%+1)
de los sufragios emitidos por las que se encuentren presentes
y que voten. Si hubiere más de dos candidatas resultará
elegida aquella que obtenga la mayoría (esto es,
el 50%+1) de los sufragios emitidos por aquéllas
que se encuentren presentes y que voten. Si ninguna de las
candidatas obtuviere la mayoría (esto es, el 50%+1)
de los votos emitidos por aquéllas que se encuentren
presentes y que voten, se procederá a efectuar una
segunda votación para decidir entre las dos candidatas
que hubieren alcanzado las dos más altas cifras de
votos en la primera votación. Resultará elegida
aquella candidata que en esta segunda votación obtenga
la mayoría (esto es, el 50%+1) de los votos emitidos
por aquéllas que se encuentren presentes y que voten.
- c) Elección de Secretaria General:
Si hubiere una o dos candidatas para el cargo de Secretaria
General de la Internacional Socialista de Mujeres, resultará
elegida la candidata que obtenga la mayoría (esto
es, el 50%+1) de los votos emitidos por aquéllas
que se encuentren presentes y que voten. Si hubiere más
de dos candidatas al cargo de Secretaria General de la Internacional
Socialista de Mujeres, resultará elegida aquella
candidata que obtenga la mayoría (esto es, el 50%+1)
de los votos emitidos por aquéllas que se encuentren
presentes y que voten. Si ninguna de las candidatas alcanzare
la mayoría (esto es, el 50%+1) de los votos de las
que se encuentren presentes y que voten, las dos candidatas
que hubieren obtenido las más altas cifras de votos
en la primera votación serán incluidas para
efectuar una segunda votación. La candidata que en
esta segunda votación obtuviere la mayoría
(esto es, el 50%+1) de los votos emitidos por quienes se
encuentren presentes y que voten, resultará elegida.
- d) Elección de Vicepresidenta:
Las candidatas a vicepresidenta de la Internacional Socialista
de Mujeres serán elegidas por región. Si los
partidos y organizaciones miembros de la Internacional Socialista
de Mujeres se pusieran de acuerdo sobre una candidata en
una región, esa candidata ha de ser la elegida. Si
en una región, los partidos y las organizaciones
miembros no pudieran ponerse de acuerdo sobre una candidata,
en esa región se procederá a efectuar una
elección para vicepresidenta entre los partidos y
organizaciones miembros en dicha región. Cada organización
miembro deberá transmitir al Secretariado su voto
para vicepresidenta. Cada organización miembro en
la regional tendrá derecho a un voto. Resultará
elegida la candidata que obtenga la mayoría* de votos
de la región. Si ninguna candidata obtuviere la mayoría*
de votos de la región, o si la elección no
tuviere lugar, el Ejecutivo de la Internacional Socialista
de Mujeres examinará la situación en su reunión
inmediatamente previa a la Conferencia. Si lo estimara,
el Ejecutivo podrá recomendar una candidata para
la vicepresidencia de la región. Si no se hiciere
recomendación, la Conferencia deberá votar.
La votación deberá organizarse tal como se
describe para el cargo de Presidenta. Cuando la vicepresidenta
elegida no pueda asistir, se puede enviar a una substituta,
elegida en consultación con la región, como
su representante.
* Una mayoría de quienes emiten su sufragio en
la elección. Por ejemplo, si una región contara
con diez partidos y organizaciones miembros pero sólo
tres de ellos votaran, la candidata que obtuviere dos votos
resultaría elegida.
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Oficiales de la Internacional
Socialista de Mujeres
Cada tres años, a propuesta del Buró, el Congreso
elegirá la Presidenta de la Internacional Socialista de
Mujeres. Se podrá renovar el mandato de la Presidenta
por un solo período.
Si la Presidenta se viere imposibilitada de completar el período
de su mandato, el Comité Ejecutivo elegirá a una
de las Vicepresidentas para que cumpla interinamente las funciones
de Presidenta hasta el próximo Congreso.
El Buró propondrá a cada Congreso el número
de Vicepresidentas que han de ser electas.
Ninguna Vicepresidenta ejercerá el cargo durante más
de dos períodos, excepto en circunstancias excepcionales,
a criterio del Buró.
La Secretaria General será electa por el Congreso a
propuesta del Buró. Su mandato podrá ser renovado
en cada Congreso.
Si la Secretaria General se viere imposibilitada de completar
el período de su cargo, el Comité Ejecutivo elegirá
una Secretaria General interina. Esta elección deberá
ser ratificada por el próximo Congreso.
La Secretaria General, consultando con la Presidenta o, en
ausencia de la Presidenta, con una por lo menos de las Vicepresidentas,
tomará las decisiones que sean necesarias durante el período
entre las reuniones del Buró. Sus deberes serán:
- supervisar las funciones administrativas del Secretariado;
- dirigir la organización de las reuniones de la Internacional
Socialista de Mujeres;
- organizar y preparar las reuniones del Buró y del
Comité Ejecutivo;
- mantener e impulsar los contactos con y entre los miembros
de la Internacional Socialista de Mujeres;
- presentar al Congreso, para su aprobación, un informe
de todas las actividades y desembolsos financieros de la Internacional
Socialista de Mujeres para el período entre Congresos.
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Finanzas
Los gastos del Secretariado se sufragarán con:
- subsidios anuales de la Internacional Socialista;
- donaciones.
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